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Entra en vigor decreto que prohíbe los vapeadores

El viernes la presidenta Sheinbaum Pardo publicó en el Diario Oficial de la Federación. El viernes la presidenta Sheinbaum Pardo publicó en el Diario Oficial de la Federación. El viernes la presidenta Sheinbaum  Pardo publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto por el que se adicionan un párrafo quinto al artículo 4 y un párrafo segundo al artículo 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salud: la cual prohíbe cigarrillos electrónicos, vapeadores y fentanilo ilícito. «Para garantizar el derecho de protección a la salud de las personas, la ley sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos que señale la ley; así como la producción, distribución y enajenación de sustancias tóxicas, precursores químicos, el uso ilícito del fentanilo y demás drogas sintéticas no autorizadas», dice la modificación. Mientras que el artículo 5 establece lo siguiente: «queda prohibida la profesión, industria, comercio interior o exterior, trabajo o cualquiera otra de las actividades que refiere el párrafo quinto del artículo 4o. anterior». Así, entrará en vigor este sábado 18 de enero de 2025. En los transitorios indica que, a partir de la entrada en vigor de este Decreto, se derogan todas las disposiciones que se opongan al contenido, previstas en leyes secundarias, reglamentos, acuerdos y cualquier otro ordenamiento normativo de carácter administrativo. Mientras que el Congreso de la Unión, en un plazo de 180 días, contados a partir de la entrada en vigor de este Decreto, deberá armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente Decreto.