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Instruye TEPJF al Comité del PJF reanudar labores

Por mayoría, la Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial reanudar. Por mayoría, la Sala Superior del Tribunal Electoral ordenó al Comité de Evaluación del Poder Judicial reanudar el proceso de selección de aspirantes a cargos judiciales, a más tardar en 24 horas a partir de la notificación, al sostener que no pueden frenarse los actos electorales. El proyecto de la magistrada presidenta Mónica Soto también determinó presentar una denuncia ante la Fiscalía General de la República (FGR) y dar vista ante el Consejo de la Judicatura en contra el juez de Distrito de Michoacán que dictó la suspensión. Además, el pleno acordó hacer un exhorto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) a que también resuelvan a la brevedad los juicios que están en su competencia. Además, señaló que el juez primero de Distrito de Michoacán actuó fuera de sus facultades constitucionales, ya que «interfirió e invadió, indebidamente, en el ámbito de competencia que es exclusivo de esta autoridad constitucional, al adjudicarse atribuciones de las que carece, con la intención de evitar que este órgano jurisdiccional ejerza jurisdicción que se encuentran en su ámbito de atribuciones».

Avala TEPJF al INE continuar con la votación de los ministros

La decisión se tomó luego de una votación, la cual tuvo tres votos a favor y dos en contra Entre posturas divididas, la Sala Superior del Tribunal Electoral dio luz verde al INE para que pueda continuar con la organización de la elección del Poder Judicial, al advertir que de suspenderse pondría en riesgo el proceso y que es contrario a la Constitución. Con una votación de tres votos a favor de Felipe de la Mata, Mónica Soto y Felipe Fuentes, y en contra de Janine Otálora y Reyes Rodríguez Mondragón, se emitió una acción declarativa que establece que el INE no puede detener sus actividades sobre la elección judicial, pese a los amparos concedidos por jueces. El pasado 4 de octubre, la Secretaría Ejecutiva del INE solicitó a la Sala Superior pronunciarse vía acción declarativa para garantizar las actividades relacionadas con la elección judicial, ante las suspensiones concedidas por jueces para detener el proceso. «No es materia de pronunciamiento ni de litis la validez, legalidad o eficacia de las actuaciones o resoluciones de suspensión emitidas por diversos jueces de amparo, por lo que quedan intocadas en esta sentencia esas determinaciones», señala el proyecto aprobado. El magistrado de la Mata, quien presentó el proyecto, subrayó que en ningún momento se confirma o revoca alguna suspensión de amparo, sino que se trata de una acción declarativa que permita al INE continuar con el proceso electoral. En contra del proyecto, la magistrada Janine Otálora consideró que la resolución del asunto debería aplazarse hasta que la Suprema Corte resuelva los distintos asuntos relacionados con la reforma al Poder Judicial. «En caso de no aplazarse esta resolución estaríamos adoptando una de sus decisiones, prejuzgando sobre lo que determine la Suprema Corte de Justicia respecto justamente del tema de competencias que ha sido planteado ante el pleno del más alto tribunal constitucional», advirtió. El magistrado Reyes Rodríguez sostuvo que la acción declarativa interpuesta por el INE es improcedente y señaló que estas suspensiones no generan incertidumbre o una situación por la que deba pronunciarse el TEPJF, sino que se trata de mandatos judiciales. Alertó que «permitir este uso de la acción declarativa sentaría un precedente que implicaría que cualquier autoridad puede acudir a esta Sala Superior, cualquier autoridad electoral, para obtener pronunciamientos que le permitan desconocer resoluciones judiciales que considera adversas». En las posturas a favor, la magistrada presidenta Mónica Soto consideró que «se actualiza una situación extraordinaria que justifique la necesidad de que se emita una acción declarativa dirigida a dar certeza a la propia autoridad, a los contendientes y a la ciudadanía en general respecto a la manera en que debe proceder en el ejercicio de sus funciones constitucionales y legales». Subrayó que esta declaratoria se refiere de manera exclusiva a definir si el INE debe o no pausar o detener su actuación.

Niega magistrada que gobernador interino tenga que ser ´naranja

Para que no hay dudas con respecto a los alcances de los lineamentos y criterios de la Sala Superior. Para que no hay dudas con respecto a los alcances de los lineamentos y criterios de la Sala Superior del Poder Judicial de la Federación en cuanto a la elección de gobernador interino en Nuevo León, la magistrada Janine Otálora Malassis desmintió los dichos del obernador Samuel García Sepúlveda. La magistrada  contestó en sus redes sociales al gobernador Samuel García Sepúlveda, que los criterios son simples, donde no se pide que sea un cuadro de Movimiento Ciudadano, sino que todas las bancadas deben de opinar al respecto. Y no que se antepone el  partido naranja y menos la postura del ejecutivo estatal, sino que sería el Congreso local y los diputados los que determinen quien habría de quedar como encargado del despacho estatal.   Dijo que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determina que el Congreso de Nuevo León debe elegir a la persona que ejercerá la gubernatura interina Ya que la  Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó, por unanimidad de votos, la designación del gobernador interino realizada por el Congreso del Estado de Nuevo León, al considerarlo inelegible. «La controversia se originó cuando el pasado 25 de octubre el Congreso de Nuevo León le otorgó a Samuel Alejandro García Sepúlveda, gobernador de dicha entidad, una licencia temporal y, como gobernador interino, nombró a José Antonio Salinas Garza, magistrado con licencia. Al respecto, la Primera Sala Unitaria Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado admitió una controversia constitucional local y en ella se ordenó la suspensión del acto impugnado dejando vigente el nombramiento del gobernador interino». «En contra de lo anterior, diversos actores, entre ellos Samuel Alejandro García Sepúlveda, acudieron a la Sala Superior». «Además, se dejó sin efecto la decisión de la Primera Sala Unitaria Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado ante la falta de competencia del órgano, porque conforme a la tesis relevante P. XXIX/2006, del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los nombramientos de la persona gobernadora, con el carácter de interino, provisional, sustituto o encargado del despacho, corresponden a la materia electoral». Finalmente, se validó que el Congreso local tiene la facultad para hacer el nombramiento de la persona que ejercerá la gubernatura de forma interina, en atención a lo dispuesto por la Constitución local (SUP-JDC-536/2023 y acumulados). Congreso deberá respetar elección de 2021: Samuel. Aunque no se incluye en la resolución del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; el gobernador Samuel García Sepúlveda insistió en que el Congreso local deberá respetar la elección del 2021 para definir al gobernador interino en su ausencia. En historias de instagram, el mandatario estatal indicó que su sustituto deberá ser «naranja», siendo la mejor opción Javier Navarro Velasco, secretario General de Gobierno.