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Darán hasta 22 años de cárcel a quien violente personas vulnerables

El decreto 349 publicado el pasado viernes 17 de marzo en el Periódico Oficial del Estado, incluye sanciones en el Código Penal de Nuevo León, a quienes cometan el delito de violación contra personas que pertenecen a algún grupo vulnerable.

De acuerdo al decreto, en el Congreso local se aprobó la modificación de los artículos 266, 287 bis, 292 y 305 bis. Respecto al primero, la reforma añade como persona ofendida a quien pertenezca a un grupo vulnerable.

Para este caso, la Ley contempla como castigo de 15 a 22 años de prisión, y si la víctima además es menor de 11 años, la pena se incrementa hasta 30 años de cárcel.

Además, la reforma al Artículo 287 agrava el delito de violencia familiar cuando la víctima pertenece a un grupo vulnerable. Mismo caso para el delito de lesiones; con la actualización, quien cometa dicho delito contra personas que pertenecen a grupos vulnerables la pena podría incrementarse hasta en una mitad, cuya pena se evalúa según las circunstancias y la máxima es hasta 10 años de prisión. 

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